Operar un centro cambiario en México implica un calendario de cumplimiento que corre en paralelo a la operación diaria. A diferencia de las Actividades Vulnerables (joyerías, inmobiliarias, notarios, etc.), que se rigen por la LFPIORPI y presentan avisos al SAT, el centro cambiario es una entidad financiera registrada y supervisada por la CNBV. Sus obligaciones nacen del artículo 95 Bis de la LGOAAC y de las Disposiciones de Carácter General a que se refiere ese artículo, y sus reportes van a la Secretaría de Hacienda (UIF) por conducto de la CNBV, a través del portal SITI PLD/FT.
Si tu sistema o tu asesor te hablan de "avisos al SAT", "día 17" o "portal PLD del SAT", están aplicando el régimen equivocado.
Abajo está el mapa completo. Los plazos son los que fijan las Disposiciones; las fechas exactas de las obligaciones internas dependen de tu propio calendario, así que tómalo como estructura para armar el tuyo.
Importante: esta guía es informativa y no constituye asesoría legal. Valida cada supuesto y cada fecha con tu oficial de cumplimiento.
Lo que se dispara por evento
Son las obligaciones que no tienen fecha en el calendario porque dependen de que algo ocurra, y por eso son las que más se incumplen:
- Operaciones inusuales e internas preocupantes. Desde que el sistema o un empleado genera la alerta, el Comité (o el oficial de cumplimiento, si el centro tiene menos de 25 personas) tiene hasta 60 días naturales para dictaminarla. Si procede, el reporte se envía dentro de los 3 días hábiles siguientes a la sesión que la dictaminó.
- Reporte de 24 horas. Cuando la operación involucra a una persona de la Lista de Personas Bloqueadas o hay indicios de terrorismo o su financiamiento, el reporte se envía dentro de las 24 horas siguientes a que se conoce el hecho.
- Cambios en las estructuras internas. La designación o revocación del oficial de cumplimiento se avisa a la CNBV dentro de los 10 días hábiles siguientes; los cambios en la integración del Comité, dentro de los 15.
Lo trimestral
El cierre de cada trimestre dispara tres reportes que se entregan en la misma ventana: los últimos diez días hábiles de enero, abril, julio y octubre.
- Reporte de operaciones relevantes.
- Reporte de operaciones en efectivo con dólares (compras superiores a 1,000 USD).
- Reporte de montos totales de divisas extranjeras, indicando las contrapartes con las que operaste el efectivo.
Si en el trimestre no hubo operaciones que reportar, igual se envía el reporte en blanco. No enviarlo cuenta como omisión. Si quieres el detalle de esos archivos, lo desglosamos en la guía de reportes a la UIF.
Lo anual
Son las obligaciones que no presionan mes con mes y por eso se olvidan hasta que llega una visita: el informe de auditoría, el envío de información cuantitativa de abril, la capacitación, la actualización del manual y de la metodología de riesgos.
El calendario completo
| Obligación | Ante | Cada | Cuándo |
|---|---|---|---|
| Reporte de operaciones relevantes Operaciones en efectivo por un monto igual o superior al umbral establecido para el sector. | SHCP/UIF, por conducto de la CNBV (SITI PLD/FT) | Trimestral | Últimos 10 días hábiles de enero, abril, julio y octubre |
| Reporte de operaciones en efectivo con dólares Una línea por cada compra en efectivo superior a 1,000 USD. | SHCP/UIF, por conducto de la CNBV | Trimestral | Últimos 10 días hábiles de enero, abril, julio y octubre |
| Reporte de montos totales de divisas Totales recibidos y entregados por divisa, con las instituciones con las que se operó el efectivo. | SHCP/UIF, por conducto de la CNBV | Trimestral | Últimos 10 días hábiles de enero, abril, julio y octubre |
| Reporte de operaciones inusuales / internas preocupantes Dictaminar cada alerta y reportar las que procedan. | SHCP/UIF, por conducto de la CNBV | Por evento | Dictamen en máximo 60 días naturales desde la alerta; reporte en 3 días hábiles después del dictamen |
| Reporte de 24 horas Operaciones con personas de la Lista de Personas Bloqueadas o vinculadas a terrorismo. | SHCP/UIF, por conducto de la CNBV | Por evento | Dentro de las 24 horas siguientes a conocer el hecho |
| Sesión del Comité de Comunicación y Control Revisión de alertas, listas, casos y seguimiento; acta de cada sesión. | Interna | Mensual | Al menos una sesión al mes |
| Actualización y cotejo de listas Cargar la versión vigente de la Lista de Personas Bloqueadas y las listas complementarias que use el centro, y cotejar todo el padrón de Usuarios. | Interna | Con cada actualización (mínimo mensual) | Al recibir cada versión de las listas |
| Informe de auditoría de cumplimiento Revisión del ejercicio enero–diciembre por auditor interno o externo independiente, conforme a los Lineamientos de la CNBV. | CNBV (SITI PLD/FT) | Anual | Dentro de los 60 días naturales siguientes al cierre del ejercicio |
| Información cuantitativa de operaciones Operaciones, canales, tipo de Usuarios, productos y zonas geográficas del año anterior. | CNBV | Anual | Últimos 10 días hábiles de abril |
| Programa anual de capacitación Cursos al menos una vez al año a consejo, Comité, oficial de cumplimiento, directivos y empleados, con evaluación y constancias. | Interna (la CNBV lo revisa en auditoría y visita) | Anual | Programa definido antes de iniciar el año; personal nuevo, previo o simultáneo a su ingreso |
| Actualización del Manual de Cumplimiento Políticas, criterios, medidas y procedimientos; se remite a la CNBV cuando se modifica. | CNBV | Cuando cambie (revisión anual recomendada) | Al modificarse |
| Actualización de la metodología de evaluación de riesgos Elementos de riesgo, mitigantes, matriz institucional y grado de riesgo de los Usuarios. | Interna (resultados a disposición de la CNBV) | Anual | En un plazo no mayor a 12 meses desde la última actualización |
| Aviso de designación o revocación del oficial de cumplimiento | CNBV | Por evento | Dentro de los 10 días hábiles siguientes |
| Aviso de integración o cambios del Comité | CNBV | Por evento | Dentro de los 15 días hábiles siguientes |
| Renovación del registro como centro cambiario | CNBV | Cada 3 años | Según la fecha de tu registro |
La parte que casi nadie prepara: la evidencia
Cumplir no es solo entregar a tiempo, es poder demostrar que lo hiciste. En una visita de inspección o en la auditoría te van a pedir el rastro: quién cargó qué versión de la lista y cuándo, quién dictaminó cada alerta y en qué sesión, qué expedientes se cotejaron contra el original, quién generó y envió cada reporte, y el acuse de cada envío.
Eso es difícil de reconstruir a mano meses después. La forma práctica de resolverlo es que el sistema con el que operas vaya dejando ese rastro solo, en el momento en que las cosas pasan.
Cómo lo resuelve Cambisoft
- Una sola base de datos consolidada para todas tus sucursales: el padrón de Usuarios, las operaciones y las alertas se ven completos, no sucursal por sucursal, que es como los va a revisar la autoridad.
- Metodología de evaluación de riesgos integrada: el grado de riesgo de cada Usuario se calcula y se muestra en el momento, sin hojas de cálculo aparte.
- Genera los archivos de operaciones relevantes, inusuales, internas preocupantes, efectivo con dólares y montos totales en el formato oficial que pide el SITI PLD/FT, incluyendo los envíos en blanco.
- Carga la Lista de Personas Bloqueadas y las listas complementarias, las coteja contra todo tu padrón y avisa por correo al oficial de cumplimiento si hay coincidencias.
- Guarda una bitácora de cada actualización de listas —fuente, versión, resultado, registros antes y después, quién la corrió— que es justo la constancia que te van a pedir.
- Lleva el control de plazos de cada alerta (60 días naturales para dictaminar, 3 días hábiles para reportar) y te recuerda los reportes trimestrales en los últimos días hábiles de enero, abril, julio y octubre.
- Registra en una bitácora inalterable las altas, ediciones, bajas, cancelaciones, exportaciones y reversiones, con operador, rol, sucursal y hora.