En la calle se le dice "casa de cambio" a cualquier local con una pizarra de tipos de cambio. Para la ley, casi todos esos locales son centros cambiarios: sociedades inscritas en el registro de la CNBV que compran y venden divisas al público. Esta guía explica cómo se obtiene ese registro.
Importante: esta guía es informativa y se basa en los requisitos y las preguntas frecuentes publicados por la CNBV. No sustituye la asesoría de un abogado ni la consulta de la normativa vigente.
Qué es un centro cambiario y en qué se distingue de una casa de cambio
Un centro cambiario es una sociedad anónima (puede ser de capital variable) cuyo objeto social es exclusivamente cambiar divisas de forma habitual y profesional. Según el artículo 81-A de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, solo puede hacer estas operaciones:
- Comprar y vender billetes, piezas acuñadas y metales comunes con curso legal en su país de emisión.
- Comprar y vender cheques de viajero en moneda extranjera.
- Comprar y vender piezas metálicas acuñadas en forma de moneda.
- Comprar documentos a la vista en moneda extranjera a cargo de entidades financieras.
Y cada operación tiene un tope: hasta el equivalente a 10,000 dólares por usuario en un mismo día. No puede hacer transferencias de fondos ni otras actividades, como vender seguros o cobrar servicios; si quieres ofrecerlas, tienen que hacerlas otra persona y otro local.
Una casa de cambio, en sentido legal, es otra figura: una organización auxiliar del crédito que requiere autorización de las autoridades financieras y puede hacer más operaciones. Si lo que quieres es un local de compra y venta de divisas al público, lo que vas a tramitar es el registro como centro cambiario.
Los pasos, en orden
Si prefieres verlos en un mapa, con los pasos posteriores al registro y el ciclo anual de cumplimiento, consulta la ruta completa para crear y operar tu centro cambiario.
- Constituye la sociedad anónima. La denominación debe llevar la expresión «Centro Cambiario» antes del tipo de sociedad (por ejemplo, «… Centro Cambiario, S.A. de C.V.»). Los estatutos deben decir que la sociedad se ajusta a la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, y que los accionistas informarán a la administración de las transmisiones de acciones.
- Obtén el dictamen técnico de PLD/FT. Es la opinión favorable de la CNBV sobre tus medidas de prevención de lavado de dinero, y en una sociedad nueva se tramita antes del registro. Se solicita en línea por el portal SITI PLD/FT; si todavía no tienes cuenta, la CNBV da una de acceso temporal para este trámite. El dictamen tiene su propio pago de derechos.
- Presenta la solicitud de registro ante la Dirección General de Autorizaciones Especializadas de la CNBV, con los documentos de la lista de abajo y el pago de derechos correspondiente.
- Inscribe la escritura en el Registro Público de Comercio. Para eso, primero necesitas la inscripción en el Registro de Centros Cambiarios y Transmisores de Dinero y el oficio de la CNBV, que se hacen constar en la escritura.
- Tramita tu cuenta única SITI PLD/FT e informa la designación de tu oficial de cumplimiento. Por ese portal vas a entregar todos tus reportes a partir de ahí.
Los requisitos del registro ante la CNBV
La CNBV pide, en resumen:
- Escrito libre firmado por el representante legal, con la denominación (que incluya «Centro Cambiario») y el domicilio para notificaciones.
- Datos del representante legal: nombre completo, CURP, RFC, teléfono, correo, identificación y el instrumento público con sus facultades.
- Copia certificada de la escritura constitutiva, con el objeto social ajustado a los artículos 81-A y 81-B de la ley.
- Nombre comercial, si lo tendrá, y RFC de la sociedad.
- Domicilio de la oficina principal con su comprobante.
- El dictamen técnico favorable en materia de PLD/FT.
- Relación de los establecimientos (sucursales) con su comprobante de domicilio, en Excel.
- Relación de accionistas con su participación, en Excel, e identificación de cada uno.
- Estructura organizacional: consejo o administrador único, comisarios, director general y los dos niveles inferiores, con identificaciones.
- Reportes de crédito de los administradores y de quienes tengan 50% o más de las acciones, con cinco años de antecedentes.
- Manifestación bajo protesta de decir verdad de administradores y accionistas mayoritarios: sin condenas por delito doloso, sin inhabilitación y con solvencia moral.
- Los servicios que prestará, la página de internet si la tiene, y, en su caso, la acreditación como miembro de una asociación gremial.
- El pago de derechos por la solicitud y el análisis del registro.
La solicitud se presenta en la Oficialía de Partes de la CNBV. Los montos de los derechos se actualizan cada año conforme a la Ley Federal de Derechos; consulta el vigente con la CNBV antes de pagar.
Después del registro: lo que no se acaba
- La renovación cada tres años, que exige volver a obtener el dictamen técnico.
- Los reportes a la UIF por el SITI PLD/FT. Operaciones relevantes, efectivo en dólares y montos totales, cada trimestre; operaciones inusuales y preocupantes, según se detecten. Los explicamos en la guía de reportes a la UIF, y el calendario completo está en las obligaciones PLD de un centro cambiario.
- Identificar a tus clientes y cotejarlos contra las listas (OFAC, ONU, Personas Bloqueadas, PEPs) en cada operación que lo requiera, y conservar el expediente.
- Un sistema automatizado. La 38ª de las Disposiciones obliga a los centros cambiarios a apoyarse en sistemas automatizados con funciones específicas. Lo que exige está en la guía de la 38ª Disposición.
Por qué no conviene operar sin registro
Según la CNBV, quien realice operaciones reservadas a los centros cambiarios sin el registro puede recibir prisión de 3 a 15 años y multa, y la CNBV puede ordenar a bancos, casas de bolsa y casas de cambio que suspendan o cancelen los contratos que tengan con esa sociedad.
Dónde entra Cambisoft
Cambisoft es el sistema para operar el centro cambiario una vez registrado: compra y venta en todas tus sucursales, el tope de 10,000 dólares por usuario controlado en la caja, el expediente y el cotejo contra listas en cada operación, y los archivos para la UIF listos para subir al SITI. Funciona en el navegador y en el teléfono, sin servidores que mantener.